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23 de abril de 2024
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Facultades - Presidente del Tribunal Superior de Justicia


Corresponde al Presidente del Tribunal Superior:
  1. Vigilar que la Administración de Justicia sea pronta, completa e imparcial para cuyo efecto, dictará las providencias que fueren necesarias y oportunas.
  2. Representar al Tribunal Superior en los actos oficiales.
  3. Dar cuenta al Pleno de los actos que lleve a cabo en el ejercicio de sus funciones.
  4. Vigilar la publicación del Boletín Judicial.
  5. Tramitar, auxiliado por el Secretario General de Acuerdos, todos los asuntos de la competencia del Pleno, hasta ponerlos en estado de resolución.
  6. Distribuir los asuntos a cada una de las Salas, así como designar en los negocios civiles al magistrado ponente, a quien corresponda formular el proyecto de resolución, como mejor convenga a la buena marcha del Tribunal, por riguroso turno.
  7. Llevar la correspondencia del Tribunal Superior.
  8. Comunicar al Consejo de la Judicatura las faltas temporales y absolutas de los magistrados.
  9. Poner en conocimiento del Pleno del Consejo de la Judicatura las faltas temporales y absolutas de los servidores del poder judicial, para que obre con arreglo a sus atribuciones.
  10. Remitir al Juez correspondiente los exhortos, rogatorias, suplicatorias, requisitorias y despachos, de acuerdo con el turno que al efecto se lleve.
  11. Conceder diariamente audiencia al público.
  12. Llevar el turno de los Magistrados Propietarios que se excusen de conocer de alguno de los negocios de su competencia, o sean recusados, para hacer las designaciones de suplencia.
  13. Rendir informe anual ante el Pleno del Tribunal Superior de Justicia y ante el Pleno del Consejo de la Judicatura sobre las actividades desarrolladas por el Poder Judicial, relativas a la administración de justicia.

* Artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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